Relación entre el e-commerce y la Propiedad Intelectual

propiedad intelectual

Desde la apertura del mercado digital a través de plataformas, aplicaciones y páginas de Internet, las fronteras de la Propiedad Intelectual también se fueron ampliando.

Esto implicó, entre otros efectos, que la puesta a disposición de los productos y servicios amparados por un registro marcario fuera más allá del establecimiento o zona geográfica donde usualmente dicha marca tenía presencia, traspasando fronteras y llegando a todo público que tuviese acceso a Internet.

No obstante, dicho crecimiento también tuvo como consecuencia la necesidad de ampliar las medidas de protección de intangibles y para ello, a continuación te brindamos al menos 5 recomendaciones básicas para tu negocio en el E-Commerce:.

1.                 Registra tu marca. El Internet no tiene fronteras, por lo que el uso no autorizado de una marca resulta cada vez más común y fácil. El que tu marca carezca de protección y por ende, defensa, puede afectar la reputación de tu servicio o producto, aunado a que alguien más puede registrar la marca e impedirte que la uses, puesto que estarías infringiendo sus derechos marcarios.

2.                 Evita utilizar contenido publicado en Internet. Es sumamente común y fácil utilizar textos o imágenes obtenidas de Google, por ejemplo, sin embargo, lo que no nos ponemos a pensar es que dichas imágenes pertenecen a alguien, por lo que su uso libre probablemente no sea aplicable. Lo mejor que puedes hacer es utilizar imágenes de tu autoría evitando copiar y pegar imágenes que se encuentren en algún sitio de Internet. O bien, pagar la licencia de uso al titular de la imagen, la música, el texto, etc.

3.                 Usar la imagen de una persona requiere autorización. La Ley Federal del Derecho de Autor establece los derechos con los que una persona retratada cuenta, así como los supuestos en los que no es necesario contar con autorización. Esto es, si algún buscador se encuentra la imagen de una persona, lo más probable es que dicha imagen pertenezca a un banco de imágenes o base de datos, por lo que se debe cubrir las regalías correspondientes. O bien, si se toma una fotografía y se planea utilizar en algun medio, ya sea impreso o electrónico, debe contarse con la autorización por escrito de la persona retratada.

4.                 Protección integral de la Propiedad Intelectual. ¿Sabías que una página de internet de noticias se protege como una Reserva de Derechos al Uso Exclusivo y no únicamente la marca? Contar con un sitio o portal de Internet, conlleva buscar la protección de diversas figuras jurídicas de PI; entre ellas: marca, reserva de derechos al uso exclusivo, derechos de autor, entre otras. Con la finalidad de evitar que te encuentres infringiendo derechos de terceros

5.                 Ostentar el signo ® y © . Si cuentas con tu marca registrada, siempre debes ostentar el signo ®, MR o R, ya que ello ayudará a que terceros sepan que cuentan con los derechos exclusivos de uso de la marca. Pero, si tu marca está aún en trámite o no la has registrado, por ningún motivo debes incluir dicho símbolo ya que incurrirás en una infracción.

Quieres asesoría del tema, contacta:

www.dehoyoskoloffon.mx
@DeHoyosKoloffon
De Hoyos Koloffon

Alejandra M. Garza-Domínguez
[email protected]

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