LEY FINTECH: SU ESTRUCTURA GENERAL

LA LEY FINTECH RECONOCE CUATRO CONCEPTOS A SER REGULADOS:

1.Instituciones de Tecnología Financiera (ITF):
a.Las de financiamiento colectivo (crowdfunding) como Prestadero;
b.Las instituciones de fondos de pago electrónico como Clip, iZettle y PayPal.

 
2.Operaciones con activos virtuales (criptomonedas): Aunque la compra y venta de activos virtuales (como las que
realiza la empresa Bitso) no se reconoce como una actividad de las ITF, podría ser realizada por cualquiera de estas. Esto es, las ITF podrán realizar operaciones con activos virtuales, que aunque no estarían respaldados por el Banco de México, se reconoce que generan unidades para su intercambio sujetas a la regulación de la ley antilavado.

3.Modelos novedosos/Sandboxes: Empresas autorizadas para operar sólo por dos años con el fin de observar cómo funcionan y guiarlas para que se transformen en una ITF u otra figura financiera. Este esquema ya existe
en países como el Reino Unido y Singapur. Por ejemplo, la Financial Conduct Authority (FCA), del Reino Unido, establece periodos para aplicar dicho esquema siempre y cuando las innovaciones propuestas sean consideradas necesarias o aporten algún beneficio adicional.

4.Empresas de asesoría financiera electrónica Empresas, como Visoor, que ofrecen plataformas para llevar la contabilidad, pagar impuestos, organizar facturas, gastos e ingresos y están conectadas con el SAT (Sistema de Administración Tributaria).

IMPORTANTES APORTACIONES DE LA LEY FINTECH EN MATERIA DE REGULACIÓN:

Para otorgar autorizaciones para la organización, operación y funcionamiento de las ITF.

•Creación de un Comité Interinstitucional integrado por servidores públicos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), del Banco de México (Banxico) y la CNBV que vigilarán la aplicación de esta ley.

•Prevención y mitigación del riesgo de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo mediante un marco regulatorio aceptado y probado internacionalmente.

•Se ofrece la posibilidad a las instituciones de crédito de realizar operaciones con activos virtuales (criptomonedas) y se penaliza la disposición indebida de fondos de pagos electrónicos o activos virtuales, previstos en la Ley de Instituciones de Crédito. Será el Banco de México quien determine los activos virtuales que se tomarán en cuenta.

•Propuesta de un marco regulatorio general con bases y regulación mínima para las ITF, dejando que lo demás se regule en disposiciones secundarias.

“La Ley Fintech es […] relevante, de vanguardia. Permite encontrar caminos de vinculación entre el sistema financiero tradicional, con las nuevas expresiones tecnológicas, y el propósito de generar condiciones de competencia, de certeza y de eficiencia en el ámbito económico del país”. José Francisco Yunes Zorrilla, Presidente de la Comisión de Hacienda del Senado de la República

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