Actualmente existen en México cerca de 1,800 instituciones que ofrecen la licenciatura en derecho o su equivalente, y se estima que son casi 300,000 los estudiantes que están cursando la carrera en este momento. En muchos casos, esta sobreoferta de profesionales genera una competencia desmedida y, cada día más, una agresividad en la promoción de estos servicios.
Cuando una persona requiere los servicios de un abogado, es importante que seleccione debidamente a quien lo representará y que conozca los derechos que tiene frente a dicho profesionista. Recordemos que, en muchos casos, el cliente está poniendo en riesgo su integridad física, moral y/o patrimonial. Por ende, la selección de un abogado no debe normarse exclusivamente con base en la propuesta económica, sino que debe adicionalmente considerar en esa elección elementos reputacionales y de especialización, así como su expectativa de servicio.
En las breves líneas siguientes trataré de plantear algunos elementos que un cliente pudiera considerar en la decisión de quien habrá de representarlo. Si bien seguir este planteamiento no es una garantía de que la selección de un abogado llegue a una relación fructífera o a un éxito en algún asunto en particular, si puede dar algunas pautas a considerar por aquellos quienes requieran una representación legal.
Evidentemente, la relación profesional entre un cliente y su abogado se encuentra regulada por un contrato, ya sea verbal o escrito, y éste y la ley te determinan los derechos y obligaciones que cada parte tiene. Adicionalmente, existen otros elementos que sirven como guía para regular por lo menos los términos económicos entre un cliente y su abogado, como lo sería el Arancel de Abogados que existe en casi todos los estados.
Adicionalmente, existen códigos éticos que tutelan los derechos y obligaciones de los clientes frente a su abogado, y de un abogado frente a su cliente. Un referencia obligada sobre este tema es el “Código de Ética Profesional” que publica la Barra Mexicana Colegio de Abogados, A.C. (https://bma-nuevoleon.org/web/codigo-de-etica-profesional-bma).
Como abogados, nos encontramos obligados a defender debida y oportunamente los intereses de nuestro cliente, haciendo honor en todo momento al derecho y a nuestra profesión, además de coadyuvar en la consecución de la justicia.
Como mencionamos, la competencia en el servicio es cada vez más agresiva y en algunos casos esta agresividad se traduce en prácticas inmorales y hasta ilegales. El cliente debe estar consciente del derecho que tiene a recibir un servicio puntal y eficiente, un cobro justo y sin excesos por referencia a gastos o promociones innecesarias o inexistentes, y a que su abogado se conduzca con ética y profesionalismo. Las relaciones de un abogado con su cliente deben ser personales y directas, y basadas en una capacidad y un actuar profesional y de honradez.
Por su parte el abogado, en la consecución de su cartera de clientes, debe abstenerse de una publicidad excesiva, de citas no basadas en una relación personal previa o de una promoción en base al autoelogio. Inclusive, un actuar ético restringe que el abogado asegure el éxito de su cliente en un negocio o asunto, así como limita también el actuar sin guardar una estricta confidencialidad de su asunto o el de otros clientes.
En conclusión, la selección de un abogado por un cliente debe realizarse con diligencia y objetividad. Si bien estas breves recomendaciones no pretenden ilustrar en su totalidad los derechos del cliente y las obligaciones de su abogado, si permiten por lo menos identificar algunas características que un cliente debe analizar en su búsqueda.