COMERCIO ELECTRÓNICO

Desde hace algunos años y en virtud del inconmensurable avance de la tecnología y del uso cotidiano del Internet, el mundo de los negocios y del comercio está en constante movimiento, puesto que el uso de la red ofrece y permite nuevas y múltiples oportunidades de negocios para las empresas, que en ella encuentran una novedosa forma de comunicación, de ganar clientes y, principalmente, de vender en forma electrónica.

El comercio electrónico (eCommerce), es definido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), como el “proceso de compra, venta o intercambio de bienes, servicios e información a través de las redes de comunicación”. El comercio electrónico representa una inmensa variedad de oportunidades y posibilidades para los consumidores, de adquirir bienes y/o servicios ofrecidos por proveedores en todas partes del mundo, lo que, necesariamente, conlleva el surgimiento de numerosos problemas y dificultades.

Desafortunadamente, no siempre el Derecho evoluciona a la par de la tecnología, ni de los cambios y fenómenos sociales que el uso de tecnologías de la información e Internet generan en la sociedad; por ello, es indudable que el comercio electrónico requiere de nuevas regulaciones que, de forma específica, se adecúen a la situación y necesidades actuales, o bien, la reinterpretación de las regulaciones y normas ya existentes, para ser aplicadas a las nuevas situaciones y dar solución a los múltiples problemas que se generan con las transacciones comerciales vía electrónica.

Dentro de las dificultades se encuentra: la determinación de la ley aplicable y tribunal competente en caso de controversia entre proveedor y consumidor; la confidencialidad de datos personales; garantías y calidades del producto y/o servicio ofrecido y adquirido; la entrega y cumplimiento de lo ofertado por el proveedor; y la existencia de prácticas comerciales engañosas, etcétera.

El comercio electrónico, como una actividad mercantil, se encuentra regulada, de forma muy limitada en un título especial en el Código de Comercio, regulación que no da una solución real a los problemas prácticos que surgen y se derivan de tales transacciones comerciales.

Dentro del marco jurídico nacional, la Ley Federal de Protección al Consumidor contiene disposiciones generales y genéricas sobre comercio electrónico, con las que se pretende proteger al ciber consumidor en las operaciones o transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología. Para conocer tus derechos como consumidor electrónico, puedes consultar el capítulo VIII bis de dicha legislación en el siguiente LINK.

Y mientras nuestros legisladores generan esas nuevas regulaciones para atender la problemática del eCommerce, la Procuraduría Federal del Consumidor, sugiere a la población tener en cuenta los siguientes aspectos:

Verificar la identidad, denominación legal y datos de ubicación física del proveedor, para que pueda realizarse alguna reclamación en caso de que se presente un problema.

El proveedor por Internet está obligado a brindar una descripción veráz de las características de los productos, para que el consumidor pueda tomar una decisión de compra bien informada (cuidado con la publicidad engañosa).

En el caso de los proveedores mexicanos en línea, los precios deben estar expresados en moneda nacional y en caso de existir cargos adicionales por envío de los productos, se deben señalar claramente junto con las condiciones y formas de pago.

El portal debe declarar sus políticas de privacidad, lo que resulta de suma importancia en virtud de que, para la transacción comercial, el consumidor proporcionará sus datos bancarios.

Conocer, antes de adquirir el producto, cuáles son y en qué consisten las políticas de devolución de mercancías, así como las garantías, las condiciones generales de la transacción, restricciones para la compra de bienes y servicios (como es el caso de ubicación geográfica, de tiempo, por tipo de producto o cantidad a adquirir).

“EN CASO DE EXISTIR CUALQUIER PROBLEMA EN TUS TRANSACCIONES COMERCIALES VÍA ELECTRÓNICA, PUEDES CONTACTAR A LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR PARA OPERACIONES DENTRO DE TERRITORIO NACIONAL, O BIEN, REALIZAR UN REPORTE O PRESENTAR UNA QUEJA AQUÍ PARA TRANSACCIONES INTERNACIONALES EN LÍNEA.”

POR PAULÍN & RIVERA

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